Lenguas y II Republica
Emiliano Jimenez en e-noticies.com:
"no estaria de més recuperar el que deia l'antiga Constitució Republicana de 1931: "Artículo 4. El castellano es el idioma oficial de la República., Todo español tiene obligación de saberlo y derecho de usarlo, sin perjuicio de los derechos que las leyes del Estado reconozcan a las lenguas de las provincias o regiones. Salvo lo que se disponga en leyes especiales, a nadie se le podrá exigir el conocimiento ni el uso de ninguna lengua regional". A més a més en el seu article 50, la Constitució republicana deia: "Las regiones autónomas podrán organizar la enseñanza en sus lenguas respectivas, de acuerdo con las facultades que se concedan en sus Estatutos. Es obligatorio el estudio de la lengua castellana, y ésta se usará también como instrumento de enseñanza en todos los centros de instrucción primaria y secundaria de las regiones autónomas. El Estado podrá mantener o crear en ellas instituciones docentes de todos los grados en el idioma oficial de la República".
Posats a fer memòria històrica, potser caldria reviure aquests articles de la Constitució republicana i plantar cara als nacionalismes que ens volen fer ciutadans de segona."
"no estaria de més recuperar el que deia l'antiga Constitució Republicana de 1931: "Artículo 4. El castellano es el idioma oficial de la República., Todo español tiene obligación de saberlo y derecho de usarlo, sin perjuicio de los derechos que las leyes del Estado reconozcan a las lenguas de las provincias o regiones. Salvo lo que se disponga en leyes especiales, a nadie se le podrá exigir el conocimiento ni el uso de ninguna lengua regional". A més a més en el seu article 50, la Constitució republicana deia: "Las regiones autónomas podrán organizar la enseñanza en sus lenguas respectivas, de acuerdo con las facultades que se concedan en sus Estatutos. Es obligatorio el estudio de la lengua castellana, y ésta se usará también como instrumento de enseñanza en todos los centros de instrucción primaria y secundaria de las regiones autónomas. El Estado podrá mantener o crear en ellas instituciones docentes de todos los grados en el idioma oficial de la República".
Posats a fer memòria històrica, potser caldria reviure aquests articles de la Constitució republicana i plantar cara als nacionalismes que ens volen fer ciutadans de segona."

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